¿Que es el Seguro Obligatorio SOAP?

Es un seguro exigido por ley, que debe ser contratado por todo propietario de un vehículo motorizado, remolque, acoplado y casa rodante al momento de adquirir su permiso de circulación.

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¿Quiénes son asegurados en el SOAP?

El conductor y las personas que son pasajeros del vehículo asegurado y cualquiera otro afectado, a consecuencia de un accidente en que haya intervenido dicho vehículo.

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Responsabilidad Civil Internacional

Seguro obligatorio para viajar a Argentina en automóvil. Cubre la responsabilidad civil del propietario y/o conductor frente a daños causados a bienes o terceros no transportados.

Además puede ser usado de forma voluntaria en Bolivia, Brasil, Paraguay, Perú y Uruguay.

 

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Preguntas Frecuentes

¿Qué riesgos cubre el seguro obligatorio de accidentes personales, (SOAP)?

Cubre los riesgos de muerte, incapacidad y lesiones corporales que sufran el conductor y las personas que son pasajeros del vehículo asegurado y cualquiera otro afectado, a consecuencia de un accidente en que haya intervenido dicho vehículo. Además, cubre los gastos médicos relativos a la atención prehospitalaria, el transporte sanitario, la hospitalización, la atención médica, quirúrgica, dental, prótesis, implantes, los gastos farmacéuticos y de rehabilitación de las víctimas. Luego, el Soap no cubre los daños materiales causados a los vehículos motorizados.

¿Cuáles son los montos asegurados en virtud del S.O.A.P?

En caso de muerte, 300 UF; En caso de incapacidad permanente total, 300 UF; En caso de incapacidad permanente parcial, hasta 200 UF; Gastos médicos, de hospitalización, atención quirúrgica, conforme al Arancel Nivel 3 de la Modalidad de Libre Elección de Fonasa, y Gastos farmacéuticos, conforme al precio promedio habitual de mercado, hasta 300 UF.

¿Cuál es el plazo para reclamar el pago de las indemnizaciones por accidentes cubiertos por el S.O.A.P?

En general, el plazo es de un año contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o a partir de la muerte del accidentado, según el caso. Sin perjuicio de lo anterior, si la compañía recepciona los antecedentes justificativos del pago de cualquiera de las indemnizaciones previstas por este seguro, se produce la interrupción de la prescripción.

¿Qué sucede con los pasajeros de un vehículo que no tiene SOAP y que resultan lesionadas a consecuencia de un accidente?

En el caso de un accidente de tránsito en el que intervienen varios vehículos y uno de ellos no tiene contratado el Soap, las personas accidentadas y transportadas en este último vehículo se consideran terceros afectados y, por lo tanto, acceden a los beneficios del seguro contratado para los otros vehículos participantes en el siniestro. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá reclamar los beneficios del Soap el propietario del vehículo que no cuente con dicho seguro.

¿En caso de muerte del asegurado, quiénes son los beneficiaros del seguro?

El cónyuge sobreviviente, los hijos menores de edad, cualquiera sea su filiación; los hijos mayores de edad, cualquiera sea su filiación; los padres; la madre de los hijos de filiación no matrimonial del fallecido y, a falta de las personas antes indicadas, la indemnización corresponderá a quien acredite la calidad de heredero.

¿Cómo usar el S.O.A.P?

Ante eventuales accidentes, anote siempre la patente del vehículo infractor.

En primer lugar, se debe dejar constancia en la unidad policial más cercana al lugar del accidente.

Luego, deben identificarse  tanto las patentes de los vehículos involucrados como las identidades de las personas que resultaren lesionadas en el accidente.

Posteriormente, se debe solicitar al Ministerio Público (Fiscalía), Juzgado de Policía Local o Juzgado de Garantía un certificado en que se indiquen los datos del accidente y de los lesionados de acuerdo al parte respectivo, para ser presentado en la compañía de seguros correspondiente.

No olvide los plazos

  • Se debe dar aviso a la compañía aseguradora dentro de los 30 días siguientes de ocurrido el accidente.
  • El plazo para presentar las boletas para la devolución del dinero es de un año.
  • El plazo de la compañía para pagar lo gastado por los accidentados, desde que fueron presentados los documentos, es de 10 días.

Documentos a presentar

En la compañía de seguros  debe presentar:

  • Certificado otorgado en forma gratuita por el tribunal competente o el Ministerio Público, que señale los datos del accidente de tránsito.
  • En caso de muerte, certificado de defunción de la víctima, libreta de familia, certificado de matrimonio, de nacimiento y otros documentos que acrediten legalmente la calidad de beneficiario del seguro.
  • En caso de lesiones, llevar las boletas o facturas de los gastos por atención médica y farmacéutica y otros a que se hayan sometido los afectados, junto a las solicitudes de exámenes y recetas de medicamentos indicadas por el médico tratante.
  • En caso de incapacidad, certificado que acredite la naturaleza y grado de ella, emitido por el médico tratante.
  • Certificado de anotaciones vigentes, en el caso que Carabineros no cuente con la información sobre la compañía aseguradora del vehículo accidentado. Se solicita en el registro civil Registro Civil.

NOTA: Las indemnizaciones provenientes de gastos de hospitalización y atención médica, quirúrgica o farmacéutica podrán ser pagadas por la compañía de seguros en forma directa al Servicio de Salud o a la entidad provisional u hospitalaria que acredite haber otorgado la correspondiente prestación al accidentado.

¿Qué Hacer En Caso De Un Siniestro (S.O.A.P)?

  1. Denunciar el hecho en la unidad policial más cercana.
  2. Identificar las placas patentes de los vehículos involucrados.
  3. Individualizar a las personas que resulten lesionadas en el accidente.
  4. Solicitar en la Comisaría de Carabineros en que se efectuó el denuncio, el certificado de lesionados, en el que se indiquen los datos del siniestro y se individualizan los antecedentes de las personas heridas o fallecidas, de acuerdo al parte respectivo.

¿Quiénes son beneficiarios del S.O.A.P en caso de Muerte?

En orden de precedencia:

  • El cónyuge sobreviviente
  • Los hijos menores de edad , cualquiera sea su filiación
  • Los hijos mayores de edad, cualquiera sea su filiación
  • Los padres
  • Y a falta de los anteriores, quien acredite la calidad de heredero